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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES

(Acorde al decreto 1290 de abril 16 de 2009 y al Proyecto Educativo Comunitario)

 

ACUERDO No. 007

(Marzo 2019)

Por el cual, se reglamenta y adopta el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de estudiantes de la Institución Educativa Indígena San Juan Bosco, Municipio de Leticia -Departamento del Amazonas.

 

El Consejo Directivo de la Institución, teniendo en cuenta la autonomía concedida por el Decreto 1290 de 2009, recomendaciones del Consejo Académico y de la Comunidad Educativa en general, reglamenta y adopta los siguientes parámetros de evaluación y promoción de estudiantes.

 

Aprobar el consejo académico y directivo los ajustes al SIE guiados por el artículo 4 del 1290 en el mes de marzo de 2019.

 

PARÁGRAFO: Para apoyar las actividades de evaluación y promoción se establece la creación DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN por ciclos de acuerdo con:

 

Conformar una comisión de evaluación y promoción por ciclos (1 a 3), (4, 5 y aceleración), básica (6,7 8 y 9), media (10 y 11) la cual estarán conformadas por el rector o su delegado. Coordinador, coordinador de disciplina, los docentes titulares, un representante de los padres de familia y el vocero del grado. El estudiante del grado y el padre de familia se elegirán por voto popular.

Parágrafo: las comisiones serán aprobadas por el consejo académico.

 

Siendo coherentes con el decreto 1290 en el artículo 11, numerales 3, 5 y 8 el Rector conformara las comisiones de evaluación y promoción las cuales se reunirán al finalizar cada periodo escolar con el fin de estudiar casos de estudiantes que hayan quedado en la valoración final con desempeño bajo en dos o más áreas.

 

*La comisión de promoción y evaluación estará integrado por:

1. El Rector o su delegado.

2. El coordinador académico.

3. El líder de sede en caso de la primaria.

4. El coordinador de convivencia.

5. Docentes titulares del grado.

6. El vocero del curso

7. El representante de padres de familia.

 

*Funciones de las comisiones de evaluación y promoción.

1. La comisión de evaluación y promoción se reunirá al finalizar cada período escolar con el fin de analizar los casos de estudiantes que hayan quedado en la valoración final de cada período con tres áreas o más con competencias en desempeño bajo y se harán recomendaciones generales o particulares a docentes con el fin de recuperar los resultados obtenidos

2. Decidir la promoción anticipada de los estudiantes que demuestren la superación de las competencias previstos para un determinado grado

3. Al finalizar el año lectivo, la comisión será la encargada de determinar cuáles educando deben se promovidos y cuales deben repetir el grado.

4. Analizarán las quejas y reclamos presentados por los estudiantes y los padres de familia y harán las respectivas recomendaciones.

5. Orientar a los docentes en las prácticas pedagógicas y evaluativas que permitan a los estudiantes superar las dificultades.

6. Servir de instancia para mediar sobre situaciones que se consideren se hayan violado el SIE y recomendar segundo calificador.

7. Analizar casos persistentes de superación e insuficiencia en la consecución de las competencias de los educandos.

 

PARAGRAFO: El coordinador académico y el consejo académico analizaran en forma permanente los casos especiales de bajo desempeño y determinan aspectos de control.

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